En el refranero español consta un dicho popular y anónimo, aplicable al mundo de las finanzas, que por medio de un enunciado breve y conciso transmite un mensaje muy instructivo, al efecto de estimular, en quien lo lee o escucha, la consiguiente reflexión intelectual: “Nadie da duros a cuatro pesetas”.
Sabido es que el duro era una moneda con un valor de cinco pesetas. Lo digo para los más jóvenes que pueden no recordar la antigua peseta, moneda de curso legal en España con anterioridad a la implantación del euro. De ahí que la enseñanza que el refrán transmite es muy clara: nadie da nada a cambio de nada.
Cuando nos movemos en campos tan complicados como el mundo de la finanzas, la falta de conocimientos, en un ámbito con el cual no está familiarizado, puede fomentar la picaresca y el engaño. Y si quien ofrece darte duros a cuatro pesetas es un profesional de la estafa, con mal consejero te has topado.
Mediante la utilización de señuelos, ardides o engaños y con la promesa de obtención de rápidos, fáciles y elevados beneficios y sin riesgo alguno, el estafador tratará siempre de ganarse la confianza de terceros, aprovechando maliciosamente la situación para hacer negocio a costa del patrimonio ajeno. Los estafados, habitualmente, difícilmente recuperarán su dinero.
Recientemente he tenido la ocasión, como abogado, de participar, como acusación particular, en un proceso judicial, en el que se investigó un tipo especial de estafa, la denominada estafa piramidal y que acabó con la imposición de una pena de prisión de cuatro años y medio para el estafador, que, al día de hoy, esta cumpliendo en un centro penitenciario, si bien los varios afectados y perjudicados por el engaño, como suele ocurrir con frecuencia, nunca pudieron recuperar su dinero.
En la Sentencia firme dictada por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, de fecha 22/03/2021, que fue la que puso fin a dicho procedimiento judicial, en el que, como he dicho, participé como abogado de la acusación particular, se definen claramente los elementos de dicha estafa: “Afirma la jurisprudencia de esta Sala que la estafa piramidal aparece configurada por aquellas conductas en las cuales el autor se dedica a captar capital prometiendo la realización de importantes inversiones por medio de alguna entidad mercantil previamente constituida que sirve de señuelo. Se promete a los posibles clientes el abono de sustanciosos intereses, sin que después existan los negocios que habrían de producir los ingresos que permitirían devolver el capital y los intereses convenidos. Lo habitual es que en una primera etapa se abonen a los primeros inversores el capital y los intereses valiéndose de las aportaciones de los sucesivos clientes. En estas conductas delictivas «piramidales o en cascada», los sujetos realizan una puesta en escena en ejecución de un designio criminal único encaminada a defraudar a un número indeterminado de personas, pudiendo proyectarse esta acción defraudatoria sobre una persona que a su vez convenza a otras, como consecuencia de su propio engaño, a realizar similares inversiones. Este modelo piramidal de estafa conduce necesariamente a la frustración del negocio prometido, pues en la medida en que se incrementa el capital recibido, aumentan exponencialmente las necesidades de nuevos ingresos para abonar los intereses, hasta que el actor deja de pagarlos y se apropia definitivamente de los capitales fraudulentamente recibidos (SSTS 324/2012, de 10 de mayo; 760/2006, de 27 de junio; y 196/2014, de 19 de marzo, entre otras).”
En el caso referenciado los hechos y fases de la estafa fueron los siguientes:
1.- Estrategia de captación de capital: a través de la relación de familiaridad de la esposa del estafador, éste se dirige a uno de los estafados comentándole la posibilidad de obtener pingües beneficios, invirtiendo capital en sus negocios, que le generan una gran rentabilidad. Invitándole a participar en ellos y obtener dichos beneficios económicos.
2.- El engaño: apariencia de alto nivel de vida para ganarse la confianza del estafado: El estafador aparenta llevar un alto nivel de vida, exhibiendo vehículos de alta gama, de los cuales dice ser dueño, invitando a la persona a la que intenta captar, mediante engaños, a visitar inmuebles que dice que son de su propiedad en poblaciones costeras a las cuales se desplaza con la posible víctima, acudiendo a comer a reconocidos restaurantes.. y exhibiendo en definitiva poder económico, que atrae, naturalmente, el interés de su víctima.
3.- El desplazamiento económico: Al final, con dicha apariencia, que a la postre se descubrirá que era un mero señuelo, el estafador convence a su víctima para realizar una primera inversión de capital, prometiéndole una alta rentabilidad: pago de intereses inmensamente superiores a los que obtendría de una entidad bancaria. Y efectivamente, cada mes, trimestre o año le paga esos altos intereses.
4.- Utilización de la víctima para conseguir más capital: Al comprobar el futuro estafado que está cobrando una alta rentabilidad, vuelve a entregar más dinero al estafador y logra cobrar más intereses, pero lo más importante, comunica, a familiares y amigos próximos, el gran negocio en el que está participando e invita a los mismos a participar. Él mismo es el claro ejemplo de que todo funciona a la perfección. Cada vez son más clientes los que entran en el negocio, entregando dinero al estafador.
5.- Creación de una rueda de entrada permanente de dinero.- Con la permanente entrada de capital nuevo consigue el estafador continuar pagando unos altos intereses a los partícipes, esto es, con el dinero entrante de quienes serán nuevas víctimas, se paga el interés saliente. Todas ellas mantienen el capital en poder del estafador para que continúe generándoles más intereses. Incluso renuevan permanentemente los vencimientos pactados para la devolución del capital.
6.-El pinchazo final y la consumación de la estafa.– Cuando deja de entrar dinero, bien porque dejan de invertir los partícipes actuales, que ya le han entregado al estafador todo el que tenían, o bien porque no entran nuevos partícipes, el estafador no puede hacer frente al pago de los intereses prometidos, ni devolver el capital invertido. Y además, dado el alto nivel de vida que ha logrado alcanzar, disfrutando y gastando en beneficio propio el dinero de sus víctimas, se encuentra en un clara situación de insolvencia, resultando por otra parte que todos los inmuebles, de los que decía ser dueño, están totalmente hipotecados a niveles máximos y las entidades bancarias ante el impago comienzan a ejecutarlos en procesos judiciales. Y que nunca invirtió el capital de sus víctimas en negocio alguno, sino en disfrute propio, gastándolo en abundancia como le venía en gana.
7.-Conclusión: Los estafados pierden todo su dinero. Y si bien consiguen procesar al estafador llevándolo a juicio, que sea condenado por un Tribunal de Justicia y que ingrese en prisión, se habrán quedado sin un duro, habiendo sido totalmente engañados. Lo dicho, nadie da duros a cuatro pesetas.